En cumplimiento de la Resolución DIAN 00042 del 05 de mayo del 2020 -por la cual se establecen las condiciones de expedición y recepción de factura y documentos electrónicos-, nos permitimos informar que a partir del 1 de agosto, el campo responsabilidad fiscal debe contener uno de valores descritos a continuación:
- O-13 Gran contribuyente
- O-15 Autorretenedor
- O-23 Agente de retención IVA
- O-47 Régimen simple de tributación
- R-99-PN No responsable
Esto aplica tanto para la responsabilidad fiscal del Emisor como del Adquiriente.
Es de aclarar que el código R-99-PN No Responsable se debe usar en caso que ninguno de los otros cuatro valores sea el adecuado.
Por esta razón y con el fin de evitar errores de validación en la DIAN, a partir del 1 de agosto, en misfacturas se validará que este valor corresponda a uno de los permitidos.
Para mayor información puede consultar el Anexo Técnico de Factura Electrónica de Venta Versión 1.7. 2020- Numeral 6.2.7