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Correo adicional para Recepción de documentos




A partir del 23 de octubre de 2023, se ha implementado una nueva dirección de correo electrónico para la recepción de facturas: fe@misfacturas.com.co , este buzón está destinado a recibir facturas que serán gestionadas en el módulo 'Mis Documentos Recibidos' para eventos y procesos relacionados. 


Es importante aclarar que la dirección existente, recepcion@misfacturas.com.co, seguirá operativa y disponible para la recepción de documentos electrónicos.


Se pueden enviar las facturas a cualquiera de estas dos direcciones:  recepcion@misfacturas.com.co  y  fe@misfacturas.com.co


Le recordamos la importancia de generar los eventos necesarios para las facturas a crédito, como el "Acuse de recibo de FEV," "recibo del bien o prestación del servicio" y "Aceptación Expresa." Estos eventos son esenciales para respaldar costos, deducciones e impuestos descontables, de acuerdo con la Resolución No. 000085 del 8 de abril de 2022. 


Puede obtener más información en el siguiente artículo:Recepción de documentos electrónicos y generación de acuses de recibo y aceptación.


En misfacturas lo habilitamos fácil y rápido para que cumpla con todos los requisitos que exige la DIAN, además ponemos a su disposición nuestro equipo de especialistas para solucionar las dudas que tenga en el momento que quiera.


 Nuestros planes aquí: 

www.misfacturas.com.co



 

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Preguntas frecuentes sobre el documento soporte en compras a no obligados a facturar

¿Cómo funciona el documento soporte? El documento soporte es el medio por el cual el adquiriente soporta la compra de un bien o adquisición de un servicio con un proveedor no obligado a facturar. Por tanto, no es el vendedor quien expide el documento soporte, sino, por el contrario, es el adquiriente quien debe expedirlo.    ¿Qué debe contener el documento soporte? Tener la fecha de operación   que debe   corresponder a la fecha de generación del   documento, incluir los datos del vendedor o de quien presta  el servicio, con su nombre o razón social,  y su Identificación Tributaria - NIT. ¿Por qué es necesario usar el documento soporte? El documento soporte es uno de los requisitos para soportar fiscalmente los gastos que realices a no obligados a facturar electrónicamente, como soporte de costos, deducciones y/o impuestos descontables. ¿Quién debe expedir el documento soporte? E l   documento soporte debe ser elaborado por el  adquirente, y en él no se exige la firma del vendedor o  p

Cambios en responsabilidades fiscales

En cumplimiento de la Resolución DIAN 00042 del 05 de mayo del 2020 -por la cual se establecen las condiciones de expedición y recepción de factura y documentos electrónicos-,  nos permitimos informar que a partir del 1 de agosto, el campo responsabilidad fiscal debe contener uno de valores descritos a continuación: O-13 Gran contribuyente O-15 Autorretenedor O-23 Agente de retención IVA O-47 Régimen simple de tributación R-99-PN No responsable Esto aplica tanto para la responsabilidad fiscal del Emisor como del Adquiriente.  Es de aclarar que el código  R-99-PN No Responsable  se debe usar en caso que ninguno de los otros cuatro valores sea el adecuado.  Por esta razón y con el fin de evitar errores de validación en la DIAN, a partir del 1 de agosto, en  misfacturas  se validará que este valor corresponda a uno de los permitidos.   Para mayor información puede consultar el  Anexo Técnico de Factura Electrónica de Venta Versión 1.7. 2020 - Numeral 6.2.7