Información que debe enviarse en la factura electrónica de manera obligatoria a partir del 4 de junio de 2020
En cumplimiento de la Resolución DIAN No. 00042 del 05 de mayo del 2020, por la cual se establece las condiciones de expedición y recepción de documentos electrónicos, los siguientes datos deben ser enviados como parte de la información del Emisor de cada documento electrónico:
- Responsabilidad fiscal de acuerdo a los códigos específicos por la Dian. ( Anexo Técnico de Factura Electrónica de Venta Versión 1.7. 2020- Numeral 6.2.7)
- Detalles tributarios del adquirente ( campo TaxScheme Anexo Técnico de Factura Electrónica de Venta Versión 1.7. 2020- Numeral 6.2.2. )
- Código postal (postalzone) del emisor. (Anexo Técnico de Factura Electrónica de Venta Versión 1.7. 2020- Numeral 6.4.4)
Con fin de dar cumplimiento a estos requisitos de facturación electrónica, misfacturas solicitará esta información de manera obligatoria a cada Emisor a partir del 4 de junio de 2020