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Pasos clave que deben seguir los empresarios para empezar a facturar de manera electrónica


1.    Deben tener claras las necesidades específicas de la empresa, tales como el volumen de facturación, las características de su actividad económica como facturar al exterior, facturar por mandato, utilizar el concepto de administración, imprevistos y utilidad y todas las demás variables pertinentes.

2.    Definir si integrarán la factura y demás documentos electrónicos a sus softwares contables y financieros o si facturarán desde un sitio web como www.misfacturas.com.co, con esta información ya pueden  seleccionar un Proveedor Tecnológico especialista en facturación electrónica que tenga la experiencia, el respaldo y la capacidad de asesorar y acompañar el proceso de habilitación e implementación que su empresa requiere para obtener los mayores beneficios en términos de ahorros operativos e información automatizada y en línea de sus procesos de facturación y cartera.

3.    Para terminar, deben registrarse y habilitarse como facturadores electrónicos en el portal de la DIAN, solicitar su autorización de numeración de factura electrónica, asociarla a su proveedor y empezar a facturar electrónicamente, no sin antes haberles informado a sus clientes la fecha en que iniciaran a facturar electrónicamente y actualizado la información de los correos electrónicos a los cuales se les enviará la factura.


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Cambios en responsabilidades fiscales

En cumplimiento de la Resolución DIAN 00042 del 05 de mayo del 2020 -por la cual se establecen las condiciones de expedición y recepción de factura y documentos electrónicos-,  nos permitimos informar que a partir del 1 de agosto, el campo responsabilidad fiscal debe contener uno de valores descritos a continuación: O-13 Gran contribuyente O-15 Autorretenedor O-23 Agente de retención IVA O-47 Régimen simple de tributación R-99-PN No responsable Esto aplica tanto para la responsabilidad fiscal del Emisor como del Adquiriente.  Es de aclarar que el código  R-99-PN No Responsable  se debe usar en caso que ninguno de los otros cuatro valores sea el adecuado.  Por esta razón y con el fin de evitar errores de validación en la DIAN, a partir del 1 de agosto, en  misfacturas  se validará que este valor corresponda a uno de los permitidos.   Para mayor información puede consultar el  Anexo Técnico de Factura Electrónica de Venta Versión 1.7. 2020 - Numeral 6.2.7

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