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¿Cuándo estará disponible el documento soporte de adquisiciones efectuadas a sujetos no obligados?

La DIAN publicó el Proyecto de Resolución con el cual modificará la fecha de adopción del documento soporte de adquisiciones efectuadas a sujetos no obligados:  En dicho documento se establece que “El citado anexo se deberá adoptar a partir del treinta y uno (31) de enero de 2022.”


¿Qué es el Documento soporte de adquisiciones efectuadas a sujetos no obligados?

El documento soporte de adquisiciones efectuadas a sujetos no obligados a expedir factura de venta o documento equivalente, debe generarse cuando se trate de soportar adquisiciones efectuadas a sujetos no obligados a expedir factura de venta. Este documento permitirá soportar la respectiva transacción que da lugar a costos, deducciones, o impuestos descontables, de conformidad con el artículo 771-2 del Estatuto Tributario.

¿Quién lo debe generar?

Corresponde a todos los sujetos que adquieren bienes y/o servicios a un proveedor no obligado a expedir factura de venta para que pueda documentar la transacción y tener el soporte de costos,  deducciones, o impuestos descontables. 

Por ejemplo:  Si en mi empresa contrato a una persona que me entrega una cuenta de cobro -siempre y cuando esa persona no esté obligada a facturar-, entonces mi empresa debe generar un Documento Soporte y transmitirlo a la DIAN a través de la solución que tenga actualmente de Facturación Electrónica.

Consulte el Proyecto de Resolución completo aquí


 

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