El 28 de octubre, 19 de noviembre y 3 de diciembre son los días sin IVA en Colombia y todas las transacciones deberán ser soportadas con factura electrónica. Conoce algunas preguntas frecuentes:
¿Durante los 3 días sin IVA, todas las empresas y comercios están obligados a vender sus productos sin este impuesto? Es optativo. Los responsables del impuesto sobre las ventas puedan optar durante los 3 días de la exención regulada en el Decreto Legislativo 682 de 2020, siempre y cuando cumplan con la totalidad de los requisitos previstos.
¿Qué pasa si los comercios no despachan su compra dentro de los 15 días establecidos para esas fechas? Los comercios deberán asumir este IVA que no recaudaron.
¿Qué pasa con el beneficio del IVA cuando, por garantía, resulte necesario reponer el bien vendido con la exención de IVA pero, por efecto del descargue del inventario que se va a usar para reponer el bien defectuoso, se deba emitir una nueva factura y anular la anterior? En este caso, el vendedor deberá cobrar el IVA. Lo anterior, teniendo en cuenta que la factura de los bienes cubiertos debe ser emitida al consumidor final en el día en el cual se efectúa la venta de los bienes, es decir, si se emite una nueva factura, con una fecha diferente a los días sin IVA, deberá cobrarse el impuesto a la tarifa correspondiente.
¿Cuál será la responsabilidad del vendedor para controlar que un mismo comprador no lleve más de las unidades permitidas a través de diferentes canales de compra?Los comerciantes tienen la responsabilidad de parametrizar sus sistemas informáticos con el fin de ejercer control sobre el número máximo de unidades que pueden ser adquiridas (3 unidades) y garantizar que los bienes cubiertos no superen los montos establecidos en el Decreto Legislativo 682. En caso de incumplimiento, el responsable deberá corregir las declaraciones del IVA.
¿Cómo deben informar el precio con IVA y sin IVA al consumidor final los comercios electrónicos? La exención especial aplica durante unos días en particular. Los precios a informar durante esos días no deben incluir IVA. Lo anterior, teniendo en cuenta que los bienes se encuentran gravados a una tarifa del 0% en esas fechas.
¿Qué pasa si no es posible facturar todos los productos comprados a través de la tienda online en el día sin IVA? ¿El cliente pierde ese derecho y el comercio tiene que devolver el dinero? La factura o documento equivalente deberá ser emitida en la fecha de la venta de los bienes. Sin embargo, si las compras son por medio electrónicos puede facturar hasta el día siguiente a la media noche
¿Teniendo en cuenta que los comercios electrónicos facturan al final de la separación del pedido, hay algún tiempo que se pueda contemplar para garantizar la facturación con el decreto? La factura o documento equivalente deberá ser emitida en la fecha de la venta de los bienes. Por ende, sólo podrán acceder a la exención especial del IVA, aquellas ventas y facturas (o documentos equivalentes) que se realicen en los días de la exención.
¿A quién pueden acudir los consumidores en caso de que tengan quejas relacionadas con las compras durante el día sin IVA? Los consumidores pueden acudir a la Superintendencia de Industria y Comercio, SIC. Correo: contactenos@sic.gov.co Aplicación en Android y iOS: SIC a la mano
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