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¿Qué debo hacer si no puedo facturar electrónicamente? Plan de contingencia

La DIAN diseño un plan de contingencia, que puedes aplicar en caso de presentar problemas técnicos que afecten la facturación de tu negocio, es importante que tengas presente que las contingencias se pueden presentar por dos factores: por contingencias de la DIAN o por el facturador. 

Qué es el método de contingencia de facturación electrónica 

Un plan de contingencia para facturación electrónica es un método alternativo que puedes utilizar cuando el sistema de facturación de la DIAN esté inhabilitado o presente fallas intermitentes en su funcionamiento. Como su nombre lo indica, es un plan, por lo que debes pensarlo, diseñarlo previamente y ejecutarlo solo en caso de que sea necesario; por lo tanto, si aún no cuentas con un plan de contingencia para emitir facturas electrónicas, este es el mejor momento para que adquieras uno fácil y práctico que cuente con todas las exigencias de la DIAN. Esto, sin duda, te evitará complicaciones, tanto contables como fiscales, en el momento que te suceda.

  • Contingencia por parte del facturador

Teniendo en cuenta lo establecido en la Resolución 000055 de 2016cuándo se presenten fallas comprobadas y que no estén previstas por el obligado a facturar electrónicamente o por el proveedor electrónico, el facturador deberá emitir facturas de contingencia durante el tiempo que dure la contingencia, cuya numeración previamente debe haber sido solicitada a la DIAN. Una vez se supere la contingencia, se deberá transcribir la información de las facturas generadas en contingencia al formato XML y transmitirla a la DIAN para su respectiva validación. 

Recuerde que cuenta con 30 días para enviar la información.


  • Contingencia por parte de la DIAN

En estos casos se considera que la desinformación operacional se presenta gracias a que la DIAN falló en su sistematización; en estos casos quedan en estado de facturación emitida por contingencia.

Plazos para entregar las facturas electrónicas por contingencia según la DIAN

El obligado a facturar deberá transcribir en el formato estándar XML definido en el Anexo número 002, toda la información que contenga cada una de las facturas expedidas por talonario en contingencia y enviarlo a la DIAN a través del Servicio Informático de Factura Electrónica, dentro de los plazos establecidos a continuación, contados a partir del momento en restablecimiento del servicio: 

  • Hasta 500 facturas / plazo 48 horas
  • Entre 501 y 1.500 facturas / plazo 72 horas 
  • Entre 1.501 y 4.500 facturas / plazo 168 horas 
  • Entre 4.501 y 12.350 facturas / plazo 264 horas 
  • Entre 12.350 y 30.000 facturas / plazo 408 horas 
  • Entre 30.000 y 10.000 facturas / plazo 1.080 horas
  • Más de 100.000 facturas / Plazo 1.440 horas

¿Qué hacer si se presentan situaciones especiales?

La forma como está contemplado que se rechacen, y se hagan ajustes a las facturas electrónicas generadas y validadas ante la DIAN es a través de notas crédito, que deberá expedir el facturador cuando reciba el mensaje de rechazo total, parcial o de devolución relacionado con las facturas que expidió.

Las notas crédito y las notas débito, cuando deban ser utilizadas por el empresario, deberán ser igualmente enviadas para validación previa ante la DIAN, para luego ser entregadas a los compradores.


Recuerda que en misfacturas te habilitamos fácil y rápido en facturación y nómina electrónica, para que cumplas con todos los requisitos que exige la DIAN, además ponemos a tu disposición nuestro equipo de especialistas para solucionar las dudas que tengas en el momento que quieras.

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