En el segundo semestre de 2023 se cumple el plazo para que las personas naturales declaren y paguen la renta correspondiente al año gravable 2022 ante la DIAN, tenga en cuenta que deberá presentar su declaración desde el próximo 9 de agosto hasta el 19 de octubre de 2023.
La Declaración de Renta es una obligación fiscal para los contribuyentes en Colombia y comprende los movimientos realizados durante el periodo fiscal 2022. Cada año, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) da a conocer los requisitos y las fechas límite para presentarla, así como los topes y los pasos para realizar el trámite.
Quiénes deben declarar renta
Las personas naturales que cumplan con alguna de las siguientes condiciones están obligadas a presentar la declaración de renta en 2023, según las fechas establecidas en el calendario tributario de la DIAN:
- Un patrimonio bruto al término del año gravable 2022 igual o superior a 171.018.000 pesos.
- Ingresos totales del respectivo ejercicio iguales o superiores a 53.206.000 pesos.
- Consumos mediante tarjeta de crédito iguales o superiores a 53.206.000 pesos.
- Compras y consumos con un valor total igual o superior a 53.206.000 pesos.
- Un valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras igual o superior a 53.206.000 pesos.
Plazos para hacer la declaración y el pago
El calendario tributario de la DIAN indica que el plazo para que las personas naturales declaren comprende del 9 de agosto al 19 de octubre de 2023.
Para conocer su fecha límite exacta, es necesario identificar los dos últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria (NIT) y ubicarlos en el calendario tributario de la DIAN.
Errores más comunes al momento de hacer tu declaración
Debido a la cantidad de factores que hay que tomar en cuenta para poder llevar a cabo una operación renta exitosa, se cometen errores que pueden generar multas. Estos son los más frecuentes:
1. No declarar a tiempo
Este es otro error muy frecuente, pues los colombianos, recuerde que quienes no presenten oportunamente la declaración, deben pagar una sanción la cual equivale al 5 % del impuesto a cargo y aumenta con cada mes o fracción de mes que pase entre la fecha límite de pago y la fecha en la cual presente la declaración de renta.
2. Información errada
Si en su declaración ingresa información errada y esto influye en el cálculo del impuesto a pagar, deberá corregirla y presentarla de nuevo. A su vez, tendrá que asumir una sanción del 10% del valor del impuesto que se dejó de liquidar inicialmente por error. Ahora bien, en caso de que la corrección sea pedida por la DIAN, la sanción será del 20% del impuesto que se dejó de liquidar.
3. Hice la declaración de renta pero no pagué
Si presentaste tu declaración de renta, pero no pagaste el impuesto a cargo, se generarán intereses de mora que se liquidarán a la tasa de usura fijada por la Superfinanciera menos dos puntos, por cada día que te demores en hacer el pago del impuesto, calculados sobre el valor del impuesto que no hayas pagado.
4. Confundir el número de verificación de la web de la DIAN
Uno de los errores que más cometen los contribuyentes se presenta en el momento de acceder en el sistema de la Dian, ya que comúnmente confunden el número de verificación dado en la página, con el NIT. Este error provoca que las personas acudan a las sedes de la Dian, por el hecho de pensar que no aparecen en el sistema. Tenga en cuenta siempre, que el acceso al portal solo se podrá realizar con su cédula o NIT.
5. Hacerla de modo incompleto
Para evitar esto tenga a mano los siguientes documentos: Registro Único Tributario (RUT) actualizado (este lo piden también en el banco en el momento del pago), certificado de ingresos y retenciones de 2022, extractos de cuentas bancarias y de ahorro con saldos a diciembre de 2022. También es importante para aplicar las deducciones a que tiene derecho que tenga aportes a salud prepagada, certificado de ahorro en cuentas y créditos.
Sanciones por no declarar
la sanción mínima que se pagará en 2023 por las obligaciones incumplidas o mal cumplidas ante la Dian es de $424.000 pesos. Es decir, si se declara un día después del plazo establecido, el contribuyente tendrá que asumir este valor, incluso si su declaración de renta arroja un valor a pagar de cero.
Recuerda que en misfacturas te habilitamos fácil y rápido para que cumplas con todos los requisitos que exige la DIAN, además ponemos a tu disposición nuestro equipo de especialistas para solucionar las dudas que tengas en el momento que quieras.
Conoce nuestros planes aquí: